viernes, 14 de junio de 2013


El Consejo Insular de Caza fija la Veda entre el primer domingo de agosto y octubre.

 
 
Cabildo Insular de La Gomera

 
El Consejo Insular de Caza de La Gomera adoptó ayer, entre otros asuntos, el estudio, debate y aprobación, si procede, de la propuesta del Consejo Insular de Caza de la Isla Colombina, para su consideración por el Consejo Regional de Caza de Canarias, referente a la Orden de Veda para el ejercicio de la caza en La Gomera, correspondiente a la temporada de 2013.

Así, una vez consensuadas las condiciones de la caza en la Isla y analizada las propuestas presentadas por diversas Sociedades de Cazadores de La Gomera, por unanimidad de los miembros del Consejo asistentes, se acordó que las especies autorizadas son el conejo, la perdiz moruna, la paloma bravía y los animales asilvestrados (éstos últimos teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.a) de la Orden Regional de Veda anterior, por remisión al Reglamento de Caza).

Por otro lado, los períodos y días hábiles por modalidad son: conejo con perro y hurón sólo los domingos desde el 4 de agosto al 8 de septiembre, desde la salida del sol hasta las 15.00 horas. Todas las especies autorizadas con perro, hurón y escopeta son los domingos (7 en total), desde el 15 de septiembre al 27 de octubre, desde la salida del sol hasta las 15.00 horas. Los jueves (en total 4, son 2 en septiembre y son 2 en octubre) 19 y 26 de septiembre y el 3 y 10 de octubre, desde las 14.00 horas hasta la puesta del sol.

Las condiciones para el uso del hurón son que se autoriza el uso de un máximo de dos hurones por cazador con licencia clase C, y las condiciones para el uso de perros son que en la caza del conejo se autoriza un máximo de seis perros por cazador y en la caza de la perdiz moruna se autoriza un máximo de cuatro perros por cazador. Por otro lado, no se autoriza la caza en cuadrilla.

Igualmente, se autoriza la asistencia de un morralero o acompañante por cazador y, por cazador y día, se autoriza la caza de cinco piezas, entre perdices y conejos, con un máximo de tres perdices, a la vez que no se establece, en ningún caso, límite en el número de piezas de paloma bravía y de animales asilvestrados.

Por último, el Consejo Insular de Caza de La Gomera acordó que se prohíbe la caza en el Parque Nacional de Garajonay, en el Monumento Natural de los Órganos (Vallehermoso), en la Reserva Natural Integral de Benchijigua (San Sebastián de La Gomera), en la Zona de Uso Restringido del Parque Natural de Majona (San Sebastián de La Gomera y Hermigua), en la Zona de Uso Restringido de la Reserva Natural Especial de Puntallana (San Sebastián de La Gomera), en El Salto del Barranco de Liria (Hermigua), en los parajes de Erque y Erquito (Vallehermoso), en el Barranco de Quise (Alajeró), y en los vedados de caza de Taguluche, Valle Gran Rey, Barranco de Iguala, Barranco La Negra, Barranco de Erese, Barranco de Chinguarime y, provisionalmente, en el  Coto privado de Caza Los Perdigones.

La consejera del Área de Desarrollo del Territorio del Cabildo Insular de La Gomera, Ventura del Carmen Rodríguez, señala que "es muy importante que conozcamos y respetemos estos límites, pues se trata de compaginar la práctica deportiva con la conservación de las especies y la protección de nuestros recursos naturales, que son valores fundamentales de la Isla".