martes, 20 de mayo de 2014

Vallehermoso aprueba una ordenanza sobre animales domésticos y de compañía

  

Perros en Alojera, Vallehermoso / Foto: Cristina Fernández


Tal y como publica este lunes el BOP, el municipio de Vallehermoso, en La Gomera, ha aprobado una ordenanza municipal sobre animales domésticos y de compañía, siendo de obligado cumplimiento por parte de los vecinos y personas que transiten por el mismo.
Entre las obligaciones y prohibiciones que afectan a los propietarios, la ordenanza señala que se autoriza la tenencia de animales domésticos y de compañía en los domicilios particulares, siempre que no se produzca ninguna situación de peligro, molestias, incomodidad o insalubridad para los vecinos o para otras personas en general, o para el propio animal que no sean derivadas de su propia naturaleza.
En cuanto a los habitáculos o jaulas, se prohíbe como habitual, los vehículos y los balcones de los inmuebles, así como recintos o recipientes inadecuados (bidones, cajas metálicas, etc.). Además, se tendrá en cuenta que los vehículos estacionados que alberguen en su interior algún animal, no podrán estar más de 4 horas estacionados y, en los meses de verano, siempre tendrán que ubicarse en una zona de sombra facilitando en todo momento la ventilación.
Asimismo, los propietarios deberán facilitarles la alimentación necesaria para su normal subsistencia y desarrollo. Para ello El Ayuntamiento o las Asociaciones Protectoras podrán pedir un certificado veterinario para justificar una sospecha de malnutrición o maltrato.

La tenencia de animales clasificados como potencialmente peligrosos, según la Ley 50/1999, de 23 de Diciembre, y de acuerdo con los requisitos en ella establecidos, requiere la previa obtención de Licencia Municipal e inscripción en el Registro Municipal de Animales Peligrosos, en cuya hoja registral se anotarán los incidentes que haya producido a lo largo de su vida.
Por otro lado, los animales que hayan causado lesiones a personas o a otros animales, así como todos aquellos que sean sospechosos de sufrir rabia, habrán de ser sometidos inmediatamente a reconocimiento sanitario, comunicando tal circunstancia al Ayuntamiento.
El propietario de un perro agresor tendrá la obligación de comunicarlo a los servicios municipales, en el plazo de 48 horas a fin de facilitar el control sanitario del mismo.
La ordenanza prohíbe, además, la entrada de animales domésticos en locales y recintos en los que se celebren espectáculos públicos, salvo aquellos casos en los que por la especial naturaleza de los mismos aquélla sea imprescindible.
Fuente la gomeraahora.